¿Qué es el modelo 036 y para que sirve?

Publicado por Blackdos miércoles, 11 de noviembre de 2009 ,

El modelo 036 por el cual conocemos a la Declaración Censal de alta, modificación y baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores, es tal vez uno de los modelos vitales de cara a nuestra relación con Hacienda, es decir, más vale no meter la pata con este modelo, ya que de ello dependerán cosas tan importantes como los impuestos que Hacienda nos puede exigir en un momento dado.

Como su nombre nos indica es una Declaración Censal, por lo que no conlleva pago alguno, se podría decir que es informativo, por otro lado en el propio nombre nos indica que es de Alta, Modificación y Baja. ¿Qué quiere decir esto?, Básicamente que tendremos que presentar un modelo 036 cada vez que algo relativo a nuestra actividad varié:

  • Alta, nos servirá para decirle a nuestra amiga, hola estamos aquí y nos vamos a dedicar a esto y con estas características.
  • Modificación, es básicamente un, "hola Hacienda, ¿te acuerdas de mi y que tenía estas características?, pues que sepas que esto a cambiado".
  • Baja, su nombre lo dice todo, "Hacienda que te vaya bonito", que no voy a seguir con la actividad.
Bueno bromas a parte, la intención de los tres puntos anteriores es que sepamos de un forma coloquial para que sirven, las altas, modificaciones y bajas en este modelo 036, ya iremos viendo como no es tan sencillo y hay que tener mucho cuidado.

63 comentarios

  1. Anónimo Says:
  2. Hola queria dar de baja el modelo 115 de una C.B., en Hacienda por internet, pero al dar de baja no se que opcion he de marcar con la "X" si:
    (136) Modificación datos relativos a retenciones e ingresos a cuenta. (página 7), o
    c)BAJA, y poner su causa; que no se cual seria porque tampoco te lo especifica bien...

     
  3. Blackdos Says:
  4. Buenas tardes Anónimo, si lo único que quieres es dar de baja la obligacion del 115, la opcion a marcar es la casilla 136 y luego marcar la casilla de baja en el 115 en la página 7.

    Date cuenta que normalmente estas bajas suelen ir acompañadas de la baja del local en la actividad, si es así, también debes marcar la 127, para poder dar de baja el loca en la página 4.

    Un saludo.

     
  5. Anónimo Says:
  6. Hola, resulta que tengo un piso el cual alquilé para oficinas, por lo que tuve que hacer el alta censal para a posteriori pagar los respectivos trimestres de IVA. Los inquilinos se marcharon el 30 de junio, pero me han pagado facturas de servicios despues de la misma fecha, que ellos han declarado en el posterior trimestre (tercero trim.), mi pregunta es: ¿que fecha debo poner en la baja censal, el 30 de junio o el último día del trimestre en que presento las últimas facturas de los servicios? En espera de su respuesta, les mando un saludo. Gracias.

     
  7. Blackdos Says:
  8. Buenos días anónimo, la fecha de baja en el 036/037 no puede ser anterior a la fecha de la última factura que emitas tú.

    Un saludo

     
  9. Anónimo Says:
  10. Soy presidenta de la comunidad de vecinos y la adiministradora me ha solicitado una fotocopia de mi D.N.I. Al preguntar para que necesitaban el documento me respondió lo siguiente:

    "Lo necesitamos para presentar el modelo 036 para modificar el domicilio de las notificaciones. Antes lo presentaban los adminitradores pero ahora lo tienen que presentar los presidentes."

    ¿Qué acciones van a llevar a cabo?

     
  11. Blackdos Says:
  12. Buenas tardes, probablemente el DNI se lo hayan pedido para acompañar una autorizacióm, ya que el modelo 036 debe ser firmado por un representante de la Comunidad, en su caso el Presidente y si son ellos los que lo van a llevar a presentar físicamente en Hacienda, les pueden solicitar una autorización suya.

    De todos modos si no lo ve claro o desconfia, pida ver antes el modelo 036.

    Un saludo.

     
  13. Anónimo Says:
  14. Si se abandonó una actividad hace casi 4 años, pero no se hizo modelo 036, ¿se puede hacer ahora diciendo que la baja es desde aquel momento y no ahora? Porque en su blog habla de un plazo de 30 días.

     
  15. Blackdos Says:
  16. Buenos días, efectivamente el plazo para comunicar un cese de la actividad es de 30 días, pasado ese tiempo Hacienda entiende que es un declaración fuera de plazo y aplica un sanción de 200 € aproximadamente.

    En tu caso, al hacer 4 año desde que dejaste la actividad hay que saber si tienes mas actividades a parte de la que dejaste de realizar o no.

    Date cuenta que si esa era tu única actividad, lo raro es que Hacienda no te haya reclamado, la presentación de los impuestos derivados de la misma, la baja no te la reclama ya que no puede determinar si has dejado de realizar la actividad o no, pero si que te puede reclamar los trimestrales y las sanciones por los trimestrales son peores que por presentar la baja de la actividad fuera de plazo.

    Por lo tanto hay que saber si esa era tu única actividad o no, aunque me imagino que tengas otra actividad.

    Un saludo.

     
  17. Anónimo Says:
  18. Qué pasa si se presenta el modelo 036 fuera de plazo?

     
  19. Blackdos Says:
  20. Buenos días Anónimo, el presentar fuera de plazo el modelo 036, suele conllevar una sanción de 200 € aproximadamente.

    Un saludo

     
  21. Anónimo Says:
  22. Hola, estoy dando de alta una nueva empresa, y quisiera saber que fecha tengo que poner en el modelo 036 como alta ¿La de la fecha de constitucion, la del registro mercantil provincial o anterior a ambas por los gastos anteriores? Gracias

     
  23. Blackdos Says:
  24. Buenos días, si es un alta de actividad, tienes que poner la fecha en la que vas a comenzar la actividad economica de la empresa. Si es para solicitar el CIF definitivo, es la fecha en la que lo solicitas.

    Un saludo.

     
  25. Anónimo Says:
  26. buenas tardes, quisiera dar de baja una empresa en la que aparezco como socio 90% y otro socio al 10% que está como trabajador. La empresa tiene deudas con hacienda y quisiera darla de baja para que no genere más deudas y pagar las que debo. Me han dicho que tengo que presentar el mod 036, solo con eso??? que hago con el otro socio???? automáticamente se da de baja en la seguridad social???

     
  27. Blackdos Says:
  28. Buenas tardes anónimo, efectivamente, debes presentar un 036 para el cese de las actividades y con ese 036 ir a la seguridad social para solicitar la baja de autonomo.

    Un saludo.

     
  29. Anónimo Says:
  30. Buenos dias,

    Quisiera dar de alta una comunidad de vecinos. Hasta la fecha hemos convivido dos vecinos (somos familia) en un bloque de dos pisos con referencia catastral y contribuciones independientes. Ahora queremos hacer obras en la fachada y parece que la opción más adecuada es la de costituirnos como comunidad. Para ello nos hacen rellenar el 036 aunque no sé en que conceptos. Me podéis dar alguna información al respecto?.

     
  31. Blackdos Says:
  32. Buenos días anonimo, tendrás que rellenar un modelo 036, para solicitar el CIF de la Comunidad de Vecinos, para ello tendrás que seleccionar la opcino de solicitud de CIF, rellenar los campos de los datos de la Comunidad y quienes son los miembros de la misma.

    Por la expeciencia que tenemos aqui en Canarias, cuando se trata de Comunidades de Vecinos, en Hacienda suelen ayudarte a rellenar el modelo 036, para ello lo más conveniente es que vayas, junto con el otro miembro de la comunidad y con los estatutos de la misma a la oficina de Hacienda más cercana.

    Un saludo.

     
  33. Anónimo Says:
  34. Hola estoy sin trabajo y me propongo dar clases de Alta Repostería en entidades como ayuntamientos,escuelas,etc..y a nivel particular.
    Puedo darme de alta/baja cada vez y sólo cuando salgan cursos?ya que no es una actividad continua,si no más bien esporádica.
    Gracias

     
  35. Blackdos Says:
  36. Buenos días anónimo, si te puedes dar de alta y baja, siempre que quieras, pero date cuenta que para la seguridad social, la cuota de autonomo es fija, estes dado de alta un dia o 30 dias del mismo mes.

     
  37. Anónimo Says:
  38. buenas, quiero pedir un certificado que diga cuando me di de alta como persona fisica en hacienda y la seguridad social, que tengo que hacer? gracias

     
  39. Blackdos Says:
  40. Buenas tardes en el caso de Hacienda, se solicita presentando un modelo 01. En Conoce Tus Impuestos tienes ese modelo explicado. En cuanto al alta en la Seg. Social, solicitandolo en alguna oficina de la Seg. Social te lo deberían facilitar.

    Un saludo.

     
  41. Anónimo Says:
  42. buenos dias

    quisiera que me recomendarais que hacer,acabo de comprar sociedad limitada en una de estas webs de sociedades urgentes,el problema es que acabo de firmar la cmpra hace 10 dias y ahora me encuentro fuera del pais,como minimo un mes y medio mas estare.Me acabo de enterar que deberia de presentar el modelo 036 con el alta y cambio de domicilio fiscao y social en un plazo de 30 dias,es mi primera empresa y no se como funcionan las cosas,ademas que no prentendo operar con la sociedad todavia hasta dentro de minimo 3 meses por lo que no sabria que fecha poner como inicio de operacion ya que aun no lo se.La cuestion es si presento este modelo de alta en 45 dias desde la firma de la sociedad y no en 30 dias me sancionaran?o por ser la primera alta tras la compra y tener demostrado que estuve fuera del pais no lo haran?


    saludos y gracias blackdos

     
  43. Blackdos Says:
  44. Buenas tardes Anónimo, efectivamente tienes un mes de plazo, desde que la escritura esta registrada para presentar el modelo 036 donde se cambian todos los datos establecidos en la escritura.

    Sin embargo el alta de la actividad puedes y debes hacerla en otro modelos 036, cuando efectivamente vayas a comenzar la actividad, ya que Hacienda no permite dar altas en la actividad por tan adelanto.

    Con respecto a la sanción es complicado que te escapes, pero puedes autorizar o dar un poder especifico a tu asesoria para que te firmen y presenten ese 036.

    Un saludo.

     
  45. Blackdos Says:
  46. Buenos días Juanma, leete este articulo en el que explican un caso muy similar al tuyo.

    http://conocetusimpuestos.blogspot.com/2011/02/fiscalidad-para-blogger-con-ingresos.html

    Un saludo.

     
  47. Nico Says:
  48. Buenas. Soy Nico , Dj y Productor. Quiero abrir mi sello discografico propio. No quiero ser autonomo. Tengo un amigo que lo ha hecho en Berlin. Simplemente me explico que se ha dado de alta como sociedad limitada. Pero han hecho simplemente la primera parte , donde registran el nombre del sello, proyecto y listo. El precio le salio 25 euros todo. Y con eso , ya tiene el numero VAT. Yo estuve averiguando y para abrir una sociedad limitade te pide mucho mas recursos, asi que supongo que me debe haber explicado mal y nose lo que ha hecho o simplemente es que yo no entiendo.
    Yo estoy empezando por lo cual no voy a tener ingresos de mas de 500 euros mensuales como sello.
    Lo que nesesito es el numero VAT y que este dado como alta el sello discografica de musica electronica.
    Yo hago las producciones (temas) y las distribuidora lo vende (empresa situada en Alemania), pero siempre me piden el numero VAT para ahorrar el Tax o Iva que es del 19% .
    Yo estoy actualmente residiendo en Barcelona.
    Es posible hacer eso que hiso mi amigo en Berlin pero aqui en Barcelona?
    No tengo recursos para crear sociedad limitada, ni para autonomo. Estoy enmpezando en el negocio. y Quiero simplemente proteger mis datos y ahorrar el IVA.
    Estuve investigando por mi cuenta pero me confundo un poco con tantos terminos.
    Espero que me puedan ayudar.
    Desde ya muchas gracias !
    saludos !!

     
  49. Anónimo Says:
  50. Buena información ! gracias !

     
  51. Blackdos Says:
  52. Buenos días Nico, en España para constituir una SL es necesario un capital mínimo de 3005 €, ojo ese capital no tiene que ser dinero, puedes aportar inmovilizado (ordenadores, mesas de mezcla, etc...).

    Pero ojo en ambos casos tendrás, que pagar la cuota de autonomo a la seg. social, ya sea por ser administrador de la SL o por ser trabajador autonomo.

    Un saludo.

     
  53. Nico Says:
  54. Claro , entonces si o si para construir una SL hay que ser autónomo de cualquier manera?
    Y tienes idea sin en Berlin es distinto? ya que no entiendo que hiso mi amigo, si dio de alta sociedad o si hiso una SL.?
    Lo que si se es que me dijo que le salio 25 euros TOTAL y no paga por mes nada. Y le dieron el numero VAT y dio de alta su sello,le pidieron pocos papeles,seria como el numero de seguridad social de aquí y empadronamiento, luego el nombre del sello, y una breve descripción y listo .
    Gracias, saludos.

     
  55. Blackdos Says:
  56. Buenas de nuevo Nico, del tema en Alemania no tengo ni idea como funciona, bastante tengo ya con España y sus autonomias jajaja.

    La SL es una forma de sociedad, y si eres tu el único socio y único trabajador por lo tanto, debes pagar autonomo.

    Un saludo.

     
  57. Nico Says:
  58. Ok, muchas gracias ! saludos !

     
  59. Anónimo Says:
  60. Hola soy mercedes, tengo una gran dud con respecto a el tema del modelo 036 y el darse de alta en la seguridad social como autonomo, le explico mi situacion, soy trabajadora por cuenta ajena con un contrato fijo en una empresa y en mi tiempo libre me dedico hacer fotografias bodas ect... para hacer las cosas bien, me he dado de alta en el 036,pero me comentan que no es suficiente que tambien me tengo que dar de alta como autonoma, mi pregunta es ¿si ya pago la seguridad social como trabajadora por cuenta ajena, como voy a pagar de nuevo al seguridad social, si los trabajos en la fotografia son esporadico. Por favor necesito una respuesta, Gracias de antemano.

     
  61. Blackdos Says:
  62. Buenos días Mercedes, la ley establece que siempre que realices una actividad de manera habitual debes darte de alta en la seg. social en el régimen de autonomos.

    En algunos sitios he leido que se puede presentar un escrito para solicitar no tener que pagarlo, a nosotros la Seg. Social siempre nos ha dicho que hay que pagar.

    Un saludo.

     
  63. Anónimo Says:
  64. Buenas quisiera saber si podriais ayudarme para rellenar el modelo 0036 para dar de baja la actividad de mi empresa es que es bastante lioso y no se que paginas tengo que rellenar.Cuando lo tenga rellenado me voy a la seguridad social para dar de baja a los trabajadores gracias de antemano por la ayuda

     
  65. Blackdos Says:
  66. Buenas tardes, si es un cese total de la actividad, en la primera hoja marcas cese de la actividad, pones la fecha de efecto y los datos de lugar, fecha y quien firma y completo.

     
  67. Anónimo Says:
  68. Hola buenas tardes yo tengo una duda ya que que hace unos meses he abierto una tienda outlet donde compro mayormente fuera de españa al principio todos los proveedores me pidieron mi numero VAT para no tener que pagar el iva ya que estaba comprando fuera de españa yo no entendia lo que me pedian y al final me he enterado que no tenia que a ver pagado ese iva y queria saber si lo puedo reclamar ya que en total serian unos 6000€, Ya tengo el Vat y ahora ya no pago iva. Gracias.

     
  69. Blackdos Says:
  70. Buenas noches Anonimo y perdona la tardanza, entiendo que ese caso debes consultarlo directamente con Hacienda, ya que es un caso muy puntural y sinceramente no se ha dado nunca.

    Un saludo.

     
  71. Anónimo Says:
  72. Hola, mi caso es el siguiente: LLevo desde el año 2000 dado de alta en la Seg.Soc como Autonomo (Agricultor). Pero no me dí de alta en Hacienda modelo 036 (creo que en el 2000 no era necesario en el caso del regimen especial agrario). Hacienda nunca me ha reclamado nada, y yo siempre pongo en mi declaracion de IRPF todos los ingresos obtenidos de la agricultura. ¿Que deberia hacer para darme de alta en Hacienda (mod. 036)? ¿Deberia decir que llevo ejerciendo la actividad desde el 2000 o debo darme de alta con la fecha de hoy y esperar que pasen 4 años más y prescriba todo?

     
  73. Blackdos Says:
  74. Buenos días Agricultor, desconozco el dato que me dices de que en el 2000 no era obligatorio presentar el 036 para los agricultores, fijate que en ese año puede que en vez del 036 hayas presentado el 840 que era lo mismo pero de por aquellos años.

    Por otro lado, ¿Hacienda te ha solicitado que presentes el modelo 036?.

    Un saludo.

     
  75. Anónimo Says:
  76. Buenos días,
    Mi pregunta es la siguiente. He presentado el modelo 036 pero por error puse fecha de 20 de enero, en vez de 31 de diciembre, lo cual me implica tener que hacer el trimestre fiscal de 2012 y cerrar el año, aunque no tenga actividad. Se podría hacer une escrito ante la delegación de hacienda para indicar que por error se ha puesto una fecha cuando se quería poner otra??
    Es aconsejable o me va a crear más problemas que dejarlo como está?
    Gracias.

     
  77. Blackdos Says:
  78. Buenos días, lo mejor es presentar un escrito para que te anulen ese 036 y presentar uno nuevo con la fecha correcta.

    Un saludo.

     
  79. Anónimo Says:
  80. Buenos dias:

    Mi consulta es la siguiente, en una comunidad de vecinos hemos cambiado de presidente, es necesario comunicarlo a hacienda con este modelo 036?. Y como añadido, en la comunidad hemos extraviado el CIF, para solicitar una copia el nuevo presidente, tiene que haber comunicado el cambio de presidente o bastaria con solicitar la copia llevando el libro de actas donde se indica el cambio de presidente?

    Muchas gracias.

     
  81. Blackdos Says:
  82. Buenas tardes, entiendo que el cambio de presidente se ha de comunicar, aunque rara vez se haga, no llevo comunidades por lo que no te puedo dar una absoluta seguridad, eso si en el caso de ser obligatorio hacerlo tiene que ser en el plazo de un mes, desde que se nombro en junta.

    Para la copia del CIF, no creo que haga falta haber comunicado el cambio, de todos modos puede solicitar un modelo preimpreso y rellenarlo en Hacienda y asi mata dos pajaros de un tiro.

    Un saludo.

     
  83. Anónimo Says:
  84. Buenas tardes.
    El 31 de diciembre de 2011 se fue el inquilino que tenía en un local comercial y por el cual me di de alta en obligacion de presentar IVA. La cuestión es que a día de hoy no me he dado de baja mediante 036. Si presento la baja ahora en marzo ¿tengo que presentar declaraciones trimestrales de iva y resumen anual de todo el año 2012 con importes "0"? ¿solo tendría que presentar primer trimestre y resumen anual de 2012?
    Muchísimas gracias.

     
  85. rake Says:
  86. ¿HAY ALGUNA POSIBILIDAD DE QUE LA AGENCIA TRIBUTARIA EXONERE EL PAGO DE LA SANCIÓN POR NO PRESENTAR EL MOD 036, SI LA PERSONA EN CUESTIÓN SE DECLARA INSOLVENTE? GRACIAS!!! SI HUBIESE ALGUNA REFERENCIA JURIDICA.. MEJOR QUE MEJOR PARA PRESENTARLA EN LAS ALEGACIONES DE RECALMACIÓN ECONOMICA ADMINISTRATIVA..GRACIAS!!!!

     
  87. Blackdos Says:
  88. Buenos días, la baja la puedes dar con hasta un mes de atraso, por lo que si prefieres estas a tiempo de darte de baja con fecha 29/02.

    Por otro lado, como has estado de alta en el mes de enero y febrero como mínimo, tendrás que decalrar el IVA del primer trimestre. Si te das de baja el resto de trimestres no lo tendrás que presentar, pero si tendrás que presentar el resumen anual del 2012 por ese primer trimestre.

    Un saludo.

     
  89. Blackdos Says:
  90. Buenos días Rake, que la Agencia tributaria exonere, lo veo casi imposible, otra cosa es que la persona sea insolvente y no la pueda cobrar, pero esa sanción estara latente en espera de cobrarla como mínimo unos cuatro años.

    Por lo general la sanción por no presentar un modelo 036 es de unos 200 € como mínimo. ¿Has planteado en Haciena un fraccionamiento o un aplazamiento?.

    Un saludo.

     
  91. rake Says:
  92. GRACIAS,!!! LA PERSONA EN CUESTIÓN ESTÁ REALIZANDO UNA RECLAMACIÓN ECONÓMICA ADMINISTRATIVA PARA PROCEDER A LAS ALEGACIONES. ACTUALEMNTE ES INSOLVENTE, PENDIENTE DE RENTA DE INSERCIÓN MÍNIMA QUE LA COMUNIDAD DE MADRID NO LE DA POR ESTAR PENDIENTE ESTA CUESTIÓN..
    ENFIN, ME PARECE INAUDITO Y DESMESURADO POR PARTE DE LA ADMINISTRACIÓN
    MUCHAS GRAXCIAS, DE NUEVO!!!!

     
  93. Anónimo Says:
  94. debo declarar la habitacion de mi vivienda que huso para mi actividad con el 036???. soy autonomo y la huso como oficina

     
  95. Blackdos Says:
  96. Buenas tardes Anónimo, si quieres poder deducirte gastos derivados del uso de esa habitación, agua, luz, telefono fijo, adsl, etc... tendrás que darla de alta.

    Un saludo.

     
  97. Anónimo Says:
  98. Buenos dias, en el caso de alta en el 036, la actividad puede darse de alta por ejemplo el 1/07/2012 y la fecha del modelo 115 el 20/06/2012??

     
  99. Blackdos Says:
  100. Buenos días Anónimo del 18/07, la respuesta es no. Todas las altas o modificaciones que conlleven un alta en alguna obligación tributaría no pueden hacerse a fecha cumplida. Es decir el alta en el modelo 115 tiene que hacerse como muy tarde el mismo día que nace la obligación de su presentación.

    Hablate con el propietaría del local y que te esos días de "carencia" en el alquiler para que puedas cumplir con los plazos.

    Un saludo.

     
  101. Anónimo Says:
  102. Buenos días, soy Esme, tenemos dada de alta una empresa en hacienda y la seg soc. y el administrador como autónomo. Actualmente esta esmpresa no tiene trabajo, queremos dejar de pagar el cupon de autonomo,y dar una baja temporal en hacienda, No se si esto es posible??? Vamos que la quermos dejar dormir durante unos meses, a ver que pasa con este pais.
    Me podrías decir los pasos que tengo que seguir y donde dirigirme.
    Datos: no hay nadie contratado en la empresa.

    Gracias

     
  103. Blackdos Says:
  104. Buenas tardes Esme, lo primero es dar un cese de la actividad de la empresa en Hacienda, para posteriormente poder ir a la Seg. Social con esa baja en Hacienda y solicitar la baja del autónomo del administrador por inactividad de la sociedad.

     
  105. Anónimo Says:
  106. Buenos dias. A mi me ha saltado una alerta en esto de las notificaciones electrónicas. Y pone que debo rellenar el modelo 036 porque no tienen actualiados los datos completos del gerente o responsable de la empresa.
    Y cuando accedo electrónicamente al archivo para rellenarlo y olvidarme de esa alerta me da un monton de opciones a marcar y leyendo todas varias veces no sé cual se habitua a mi situación.
    Me piden modificar, supongo, los datos. Corroborar que están bien y demás, imagino. Es un problema pequeño pero la duda principal es importa si cambio la direccion fiscal sin haber escritura pública de ese cambio de por medio??? Muchas gracias.

     
  107. pepebotella Says:
  108. LA PRESENTACION DEL MODELO 036, IMPLICA TACITAMENTE EL CESE DE ACTIVIDADES? YO PRESENTE DE UNA SOCIEDAD EL 036 EN ENERO, HABIENDO ACORDADO LA DISOLUCION DE LA MISMA EN DICIEMBRE DEL MISMO AÑO MEDIANTE JUNTA GENERAL. FUI AL NOTARIO DENTRO DEL AÑO SIGUIENTE. AHORA HACIENDA NO ME RECONOCE EL CESE DE ACTIVIDADES HASTA EL DIA DE IR AL NOTARIO. EL DATO ES IMPORTANTE A EFECTOS DE PRESCRIPCION. QUE FECHA SERIA LA DEL COMPUTO DE PRESCRIPCION? A.- LE PRESENTACION DEL 036, B.- LA DEL ACUERDO DE DISOLUCION O JUNTA GENERAL C.- LA DEL NOTARIO D.- LA DE LA INSCRIPCION EN EL R.M. GRACIAS POR VUESTRA RESPUESTA.

     
  109. Anónimo Says:
  110. Buenos días, soy Teresa he recibido un requerimiento por no presentar mod.303 2T 2012, es de una comunidad de bienes, que dejo de tener actividad en diciembre de 2011, por lo que no se ha presentado ninguna liquidación de IVA durante el año 2012 ni resumen anual logicamente.
    He comprobado vía telemática la baja de actividad de la comunidad, pero via telemática no tengo nada, por lo que voy a comprobar que no se presentara la misma en papel. A tener en cuenta que no hay requerimiento del 1º tri , 3º tri ni 4º tri del año 2012, lo que veo bastante raro. En el peor de los casos y que por error no se hubiera presentado el mod. 036 en tiempo y forma, que sale más a cuenta en tema sanciones, presentar los 4 trimestres de iva y resumen anual sin actividad y dar la baja ahora ó presentar el mod. 036 indicando el cese de actividad a 31/12/2011.
    Muchas gracias

     
  111. Blackdos Says:
  112. Buenos dias Teresa, lo mejor en mi opinion es presentar un 036 de baja con fecha 31/12/11. Te conllevara una sancion de aproximadamente 200€ que se podrian reducir en un 25%. De la otra manera tendras sancion por cada trimestral y por el resumen.

     
  113. Blackdos Says:
  114. Buenas tardes Pepe, el cese de actividad y la disolucion de una sociedad son dos cosas diferentes. De manera sencilla podemos decir que el cese de actividad es cerrar las puertas de la empresa no seguir trabajando. Mientras que la disolucion es la desaparicion de la misma. Por lo tanto un modelo 036 de disolucion conlleva el cese de actividades, aunque por lo general se suele cesar la actividad antes de disolver.
    En cuanto a la fecha que hacienda suele tomar como fecha definitiva de disolucion es la de inscripcion en el registro mercantil.
    Un saludo

     
  115. Blackdos Says:
  116. Buenas tardes anonimo. Un cambio de domicilio fiscal no requiere de escritura notarial. Si lo necesitas si vas a cambiar el domicilio social.

     
  117. Unknown Says:
  118. hola, soy ivan, que ocurreo si no se comunica el inicio de actividades a la AEAT?

    gracias

     
  119. Blackdos Says:
  120. Buenos días Ivan, que estaras ejerciendo una actividad en negro, y que en cuanto estes obligado a declarar algún trimestral o te declare un tercero, te van a exigir el alta con su sanción. A parte, de que no podrás darte de alta en la seg. social sin tener el 037 presentado.

    Un saludo.

     
  121. jsalcedo Says:
  122. Buenas tardes, mi caso es que soy trabajador por cuenta ajena en una empresa y he comprado unas tierras. ¿Es necesario presentar en Hacienda el modelo 036 informando que comienzo una actividad agraria ? ¿ Tengo que darme de alta en la Seguridad social como autonomo agrario, aunque ya esté dado de alta en el regimen general ?

     
  123. Blackdos Says:
  124. Buenas tardes. Si vas a vender a cooperativa o en mercadillos,te van a exigir el alta con casi total seguridad. Lo mejor es que vayas a la admon de hacienda mas cercana y preguntes bien. No soy especialista en regimen agricola en peninsula. En cuanto a Seg Social lo mas probableces que tengas que darte de alta en el regimen agricola.

     
  125. jsalcedo Says:
  126. Ok, gracias por la respuesta, preguntaré en hacienda.

     

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